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Un magistrado del Tribunal Supremo propone 10 medidas para combatir la ocupación ilegal de viviendas

Vicente Magro, juez de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, presenta un paquete de 10 medidas que incluyen agilizar desalojos, mejorar la coordinación entre policía y justicia, proteger a propietarios e inquilinos, sancionar la reincidencia y prevenir la ocupación ilegal.

Un magistrado del Tribunal Supremo propone 10 medidas para combatir la ocupación ilegal de viviendas

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Vicente Magro, juez de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, presenta un paquete de 10 medidas que incluyen agilizar desalojos, mejorar la coordinación entre policía y justicia, proteger a propietarios e inquilinos, sancionar la reincidencia y prevenir la ocupación ilegal.

En los últimos años, España ha experimentado un notable incremento en los casos de ocupación ilegal de viviendas, generando gran preocupación entre propietarios y potenciales compradores. La lentitud de los procesos judiciales y la dificultad para recuperar los inmuebles han situado en el centro del debate la urgente necesidad de reformas legislativas que equilibren el derecho a la vivienda, consagrado en la Constitución, con la protección de la propiedad privada.

Con este objetivo, Vicente Magro, juez de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de España, ha propuesto un conjunto de 10 medidas para hacer frente a los denominados «okupas». Según Magro, la situación que vive el país en materia de ocupación ilegal «no se entiende ni en Europa ni en América Latina».

Las 10 medidas propuestas

  1. Elaborar una nueva Ley Orgánica de Vivienda que responda a las inquietudes de los propietarios, quienes temen alquilar, y de los inversores, que dudan en comprar.
  2. Aprobar el artículo 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para que el desalojo de «okupas» sea autorizado por el juez de guardia y se ejecute de forma inmediata.
  3. Tipificar la ocupación ilegal como delito, equiparándola a una estafa, y perseguirla conforme al artículo 250.1 del Código Penal, incluyendo a quienes elaboran contratos de arrendamiento falsos.
  4. Considerar como fraude la permanencia en la vivienda tras la finalización del alquiler vacacional, incorporándolo también en el artículo 250.1.
  5. Establecer que la vulnerabilidad no sea argumento para suspender el desalojo de «okupas», quienes además deben asumir el pago de electricidad, agua, IBI, hipoteca y otros gastos asociados.
  6. Modificar el artículo 9 de la Ley de Vivienda, que actualmente no contempla consecuencias jurídicas por su incumplimiento.
  7. Implantar un registro de morosos de alquiler, cuya creación debió haberse iniciado en 2013.
  8. Calificar la presentación de contratos de alquiler falsos como fraude procesal.
  9. Regular el concepto de «flagrante delito» para que la policía pueda actuar sin temor a perder su puesto y realizar desalojos en un plazo máximo de 24 horas.
  10. Otorgar a las comunidades de propietarios el derecho a iniciar procedimientos penales contra los «okupas».

Reflexiones del juez Magro

El juez Magro sostiene que la necesidad de vivienda no puede justificar la ocupación ilegal de la propiedad ajena: «La responsabilidad de la vivienda social recae en la Administración pública».

Asimismo, advierte que la problemática de la ocupación ilegal puede llevar a los propietarios a incurrir en actos ilícitos: «La lentitud de la justicia y las demoras en la recuperación de la vivienda obligan a los propietarios a pagar a los “okupas” para que abandonen sus inmuebles. Esto también es un delito. Así se crean organizaciones criminales, porque existen incentivos legales para la ocupación ilegal».

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