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Traslado de mascotas a España: proceso, requisitos y normas actualizadas

Guía completa para el traslado de mascotas a España: microchip ISO, vacunación antirrábica, pasaporte europeo, normas de aerolíneas, declaración en aduanas y restricciones específicas. Incluye checklist y documentos necesarios.

Traslado de mascotas a España: proceso, requisitos y normas actualizadas

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Guía completa para el traslado de mascotas a España: microchip ISO, vacunación antirrábica, pasaporte europeo, normas de aerolíneas, declaración en aduanas y restricciones específicas. Incluye checklist y documentos necesarios.

El traslado de animales de compañía a España requiere cumplir estrictas normativas sanitarias diseñadas para proteger tanto a las mascotas como a las personas. El incumplimiento de estos requisitos puede conllevar consecuencias severas, como la cuarentena obligatoria, el retorno del animal a su país de origen o incluso su sacrificio. Por ello, es esencial preparar con anticipación toda la documentación necesaria y asegurarse de que cumple con la normativa vigente de importación.

La información actualizada se publica oficialmente en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España. A continuación, se detallan las principales reglas vigentes a septiembre de 2025 para el transporte de animales a España.

¿Qué se considera traslado de un animal de compañía a España?

El traslado de animales de compañía a España se define como cualquier situación en la que:

  • Se transportan hasta cinco animales, salvo excepciones para concursos, exposiciones o competiciones deportivas, siempre que se disponga de la documentación correspondiente para animales mayores de seis meses.
  • El traslado no tiene fines comerciales ni implica transferencia de propiedad del animal.
  • El animal viaja acompañado por su propietario o una persona responsable designada. Se permite que el animal viaje en un medio de transporte distinto, siempre que sea dentro de los cinco días posteriores al viaje del propietario o responsable.

El incumplimiento de estas condiciones convierte el traslado en un movimiento comercial, que está sujeto a otras normativas tanto en la Unión Europea como en terceros países.

El traslado debe ajustarse a las normas comunes de la Unión Europea. Para animales procedentes de países no comunitarios, es necesario cumplir tanto los requisitos de la UE como los del país de origen.

España aplica rigurosamente estas normativas, por lo que se recomienda a los propietarios preparar toda la documentación con suficiente antelación para evitar inconvenientes en la frontera y minimizar el estrés para las mascotas.

Traslado de animales a España desde otro país de la Unión Europea

Muchos europeos viajan con sus mascotas a España, y aunque las normas pueden parecer complejas, el procedimiento es relativamente sencillo si se cumplen los requisitos.

Requisitos para perros, gatos y hurones

Para trasladar perros, gatos y hurones desde otro Estado miembro de la UE a España, se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • El animal debe estar identificado mediante microchip o tatuaje legible realizado antes del 3 de julio de 2011.
  • Debe contar con la vacuna antirrábica vigente, registrada en su pasaporte.
  • Es obligatorio disponer del Pasaporte Europeo para Animales de Compañía, con las secciones de «Propietario», «Descripción del animal», «Identificación», «Expedición del pasaporte» y «Vacunación antirrábica» debidamente cumplimentadas.

No son obligatorios otros apartados como análisis serológicos, tratamientos antiparasitarios o exámenes clínicos para estos traslados dentro de la UE.

Es importante destacar que no se permite la entrada de cachorros, gatitos o hurones menores de 15 semanas sin vacunación antirrábica válida. La edad mínima para la vacunación es de 12 semanas, y deben transcurrir al menos 21 días para que la vacuna sea efectiva.

Normas para aves y otras especies

Para aves de compañía (loros, canarios, etc.) procedentes de la UE, se exige un certificado veterinario modelo INTRA, emitido en los 10 días previos al viaje y redactado al menos en español. No se consideran aves de compañía las aves de corral reguladas por la Directiva 158/2009/CE.

Para otras especies exóticas, como conejos o chinchillas, también es obligatorio presentar un certificado veterinario modelo INTRA, emitido dentro de los plazos establecidos.

Perros potencialmente peligrosos

España establece requisitos específicos para razas consideradas potencialmente peligrosas, que incluyen: pit bull terrier, staffordshire bull terrier, american staffordshire terrier, rottweiler, dogo argentino, fila brasileiro, tosa inu y akita inu.

Además, pueden clasificarse en esta categoría perros con características físicas y comportamentales específicas, como musculatura potente, carácter valiente, pelo corto, perímetro torácico entre 60 y 80 cm, altura a la cruz de 50 a 70 cm y peso superior a 20 kg.

La tenencia de estas razas requiere licencia administrativa, el uso obligatorio de bozal y correa no mayor a dos metros durante los paseos, y solo se permite pasear un perro de esta categoría a la vez. La identificación mediante microchip es obligatoria.

Regreso a España con mascotas desde países no pertenecientes a la UE

Si ha viajado fuera de la Unión Europea con su mascota y desea regresar a España, debe cumplir tanto los requisitos generales (microchip, vacunación antirrábica y pasaporte) como condiciones adicionales.

El ingreso solo es posible por puntos de entrada autorizados, donde debe declararse la presencia del animal y presentar la documentación requerida.

Para países incluidos en el anexo II del Reglamento (UE) n.º 577/2013, se aplica un procedimiento simplificado si se cumplen los requisitos básicos. Para otros países, se exige además:

  • Realizar un análisis serológico de anticuerpos frente a la rabia en un laboratorio autorizado antes del viaje.
  • Registrar el resultado en el pasaporte del animal, con un nivel mínimo de 0,5 UI/ml.

El análisis debe efectuarse al menos 30 días después de la vacunación y el ingreso solo es posible tres meses después de la extracción de la muestra.

Si el análisis serológico se realizó antes de salir de la UE y fue favorable, no se aplica el periodo de espera de tres meses al regresar.

Traslado de animales a España desde países no pertenecientes a la UE

En caso de primera entrada desde países como Rusia o Estados Unidos, el procedimiento incluye:

  • Utilizar los puntos de entrada especiales autorizados.
  • Presentar documentación en ausencia de pasaporte europeo:
  1. Certificado veterinario firmado por un veterinario del país de origen, redactado al menos en español y válido por 10 días (con validez extendida para viajes marítimos).
  2. Declaración conforme al modelo aprobado por la UE, preferiblemente bilingüe.
  3. Copia compulsada de la identificación y vacunación del animal.

Además, la mascota debe:

  • Estar identificada mediante microchip o tatuaje legible.
  • Contar con vacunación antirrábica vigente.
  • Si procede de un país no incluido en el anexo II del Reglamento (UE) n.º 577/2013, debe someterse a prueba serológica previa a la salida.

Deseamos a todos los propietarios y sus mascotas un viaje seguro y sin contratiempos. Recomendamos verificar la normativa actualizada antes de cada viaje en la fuente oficial del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España.

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